
Sabías que puedes optar a los programas de ayuda para jóvenes menores de 35 años que ofrece España.
Subsidio caja de compensación : Con el fin de poder brindar ayuda a la población menor de 35 años el Gobierno español, abrió la puerta de las oportunidades a estas personas para que pudiesen tener la posibilidad de salir adelante de forma económica dieran los primeros pasos para la adquisición de una vivienda.
El financiamiento puede llegar aproximadamente al 20% del costo de la vivienda los cuales serán establecidos dependiendo del costo total del inmueble el cual no deberá exceder de los 100.000 Euros
Conoce la información de quienes pueden postularse a los programa de ayudas para jóvenes menores de 35 años.
Podrán acceder al plan de ayuda para jóvenes menores de 35 años las personas que se encuentren en unidades de convivencia cuyos arrendatarios tengan edades menores de 35 años y las personas restantes de la unidad de convivencia a la que perteneces deben ser menores de 35 años también.
Mira los requisitos que necesitas para optar por el beneficio de programas de ayuda para jóvenes menores de 35 años en España
- Las personas optantes al beneficio de ayuda deben ser arrendatarios que sean menores de 35 años
- Es indispensable que el optante haya firmado un contrato de arrendamiento con el arrendatario, con el fin de dar fiel cumplimiento a lo previsto en la Ley de Arrendamiento Urbano.
- Le posible beneficiario debe estar arrendado en un lugar permanente, siendo considerada esta como su residencia habitual.
- Es importante que el optante sepa que el canon de arrendamiento no puede exceder como límite máximo de los 900 Euros, y debe encontrarse en un residencia que no sea menor a los 600 Euros.
- El optante de ser de nacionalidad española
- El posible beneficiario no debe aparecer en el sistema como propietario de algún tipo de inmueble dentro del territorio Español ni tampoco estar considerado como usufructuario de algún tipo de propiedad, en este punto se encuentran las siguientes excepciones: excepciones entre la cuales se encuentran las siguientes: las personas que poseen alícuotas de herencia, personas que presenten la no posibilidad por encontrarse en situación de separación o divorcio, personas que tenga inaccesibilidad a la misma por discapacidad, personas que presenten imposibilidad de ocuparla por causas ajenas a su voluntad, la persona no debe tener ningún tipo de parentesco con la persona que le arrendo la propiedad, los optantes no pueden haber sido objeto de revocación de ayudas que se encuentran previstas en el plan de vivienda, el optante no puede ser participe o socio de la personas que le está arrendando el inmueble.
Subsidio caja de compensación
- En cuanto se refiere a la unidad e crédito el optante debe poseer un límite de ingresos que no excedan de 3 (IUC) que significa ingresos de la unidad de convivencia.
- En relación a las familia numerosas que se encuentran en la categoría general con una unidad de convivencia con personas con problemas de discapacidad que se encuentren en un grado inferior al 33%
- Por su parte, las familias numerosas que cuentan con una unidad de convivencia con personas que poseen algún tipo de incapacidad que se encuentre entre la categoría iguales o superiores a 33%
- Optantes cuyos ingresos mensuales sean menores o iguales a 0 Euros.
Contactos para mas información:
- Dirección: Carrera 65 # 11 – 83, Puente Aranda.
- Teléfono: 307 7070 – 01 8000 52 7070